Nueva Guía de Videovigilancia
Publicado el 06 Febrero 2009 por Daniel Santos García
La Agencia Española de Protección de Datos presentó en su Segunda Sesión Abierta la GUÍA DE VIDEOVIGILANCIA. La Guía se refiere a los tratamientos de datos que las empresas están implantando en lso últimos tiempos: cámaras de videovigilancia para fines de seguridad.
Como novedades: únicamente las empresas de seguridad privada registradas como tales en el Ministerio del Interior pueden instalar las cámaras para estas finalidades.
Es necesario registrar un fichero en la AEPD previamente al tratamiento, únicamente si se van a conservar los datos.
El plazo máximo de conservación de los datos es de un mes a contar desde su grabación.
¿Qué ocurre con otras grabaciones de imágenes? Por ejemplo, el supuesto de las guarderías que graban a los niños para que los papás puedan verlos a través de Internet. Este tratamiento únicamente podrá hacerse con consentimiento del resto de padres donde haya más niños.
También se recordó que deben cumplirse las medidas de seguridad en todos los casos, pero más sobre todo cuando las imágenes van a transmitirse a través de Internet.
Consulta la guía en https://www.agpd.es/portalweb/canaldocumentacion/publicaciones/common/pdfs/guia_videovigilancia.pdf



