Las Comunidades de Propietarios deben plantearse el adecuar sus sistemas de videovigilancia y video portero a la normativa de protección de datos para no vulnerar los derechos fundamentales de las personas... [...Seguir Leyendo]
¿Es lícito utilizar los datos del facebook? El que pueda aparecer todo sobre una persona ¿autoriza a otro a que lo utilice posteriormente? [...Seguir Leyendo]
Con la polémica suscitada por el Gobierno de España a propósito de la posibilidad que se está barajando de que las adolescentes mayores de 16 años van a poder abortar sin el consentimiento de sus padres, conforme a la legislación vigente los hijos mayores de 14 años pueden otorgar su consentimiento para el tratamiento de sus datos personales sin contar con el consentimiento de sus padres. [...Seguir Leyendo]
Pese al gran desarrollo que esta teniendo el derecho fundamental a la protección de los datos de carácter personal los grupos empresariales siguen incumpliendo el principio del consentimiento del afectado para la cesión de sus datos personales de unas empresas a otras sin tener en cuenta que son personas jurídicas distintas. La confusión sigue reinando en los grupos empresariales. [...Seguir Leyendo]
La polémica está servida con la reciente Sentencia de la Audiencia Nacional que sostiene que un número de teléfono por sí sólo no es un dato de carácter personal puesto que no permite llegar a identificar a una persona física. Dicha identificación a través exclusivamente del número de teléfono móvil requeriría de plazos o actividades desproporcionados. [...Seguir Leyendo]
El artículo se refiere a si el personal de enfermería puede o no puede acceder a los datos de la Historia Clínica, bajo qué condiciones ya qué tipo de información. [...Seguir Leyendo]
La Guía de Videovigilancia, muy útil, puede consultarse en www.agpd.es [...Seguir Leyendo]
Han pasado 17 años desde la entrada en vigor de nuestra primera norma de protección de datos de carácter personal, la LORTAD, y el camino por recorrer para la protección de este derecho fundamental por las diversas organizaciones se está realizando a paso de tortuga. Un botón de mestra son las numerosas Comunidades de Propietarios y Federaciones Deportivas que viven en un "Limbo jurídico" en cuanto a la protección de los datos personales de sus miembros. [...Seguir Leyendo]
En la actualidad, la normativa vigente sobre protección de datos personales obliga a todas las personas físicas o jurídicas que lleven a cabo tratamientos de datos personales a cumplir con una serie de requisitos necesarios, es decir, no sólo obliga a las grandes empresas a cumplir con ella, sino a las PYMES o autónomos, con independencia de su tamaño, que recojan, conserven, graben, modifiquen o traten datos personales, en soporte automatizado o papel. El no cumplir los requisitos legales es una infracción que lleva aparejada sanción en todo caso. [...Seguir Leyendo]
La importancia de los ficheros de datos personales titularidad de las Administraciones del Estado son de gran importancia para asegurar una buena gestión administrativa, ya que las Administraciones deben servir objetivamente al interés general. Los ficheros públicos son los resultados de las relaciones de las Administraciones con los particulares. De su buena gestión y de los límites a los derechos de los ciudadanos depende la eficacia de la Administración. [...Seguir Leyendo]